ROMEL TERRAZAS VENTURA (TG-DER/ACJYP.0047)2026-05-112026-05-112022TG-DER/ACJYP.0047http://virtual.uap.edu.bo:4000/handle/123456789/3550La sinergia entre inclusión social se da en todos los niveles; en lo macro, en un contexto de Estado y en una sociedad, constituyéndose en un buen escenario para el desarrollo de un Sistema Plurinacional Inclusivo. Lo propio sucede en lo local, en lo micro, una comunidad inclusiva genera buenas condiciones para el desarrollo de un centro o unidad educativa inclusiva. El principio de igualdad de oportunidades y no discriminación se encuentra establecido intrínsecamente en el Artículo 14, parágrafo II, de la Constitución Política del Estado “El Estado prohíbe y sanciona toda forma de discriminación fundada en razón de sexo, color, edad, orientación sexual, identidad de género, origen, cultura, ciudadanía, idioma, credo religioso, ideología, filiación política o filosófica, estado civil, condición económica o social, tipo de ocupación, grado de instrucción, discapacidad, embarazo, u otras que tengan por objetivo o resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos de toda persona.…”(C.P.E.P. 2009) En el capitulo I Marco referencial, en el que hace una introduccion y objetivos del tema en cuestión, antecedentes, justificativos y problemática.POLÍTICAS PÚBLICAS Y MECANISMOS JURÍDICOS, PARA ACTIVAR EL ACCESO LABORAL DE LAS PERSONAS CON CAPACIDADES DIFERENTES EN EL MUNICIPIO DE COBIJA