ASISTENCIA TÉCNICA A PROYECTOS AGROPECUARIOS DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE SENA
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2016
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La nueva Constitución Política del Estado Plurinacional, aprobada en Sucre, el 24 de noviembre del año 2007 está constituida por cinco partes. La cuarta parte de nominada Estructura y Organización Económica del Estado en su Título IIIDesarrollo Rural Integral Sustentable; hace referencia a las garantías, políticas de desarrollo y las prohibiciones referentes a la agropecuaria como se ve a continuación: Artículo 400 El desarrollo rural integral sustentable es parte fundamental de las políticas económicas del Estado, que priorizará sus acciones para el fomento de todos los emprendimientos económicos comunitarios y del conjunto de los actores rurales, con énfasis en la seguridad y en la soberanía alimentaria, a través de: 1. El incremento sostenido y sustentable de la productividad agrícola, pecuaria, manufacturera, agroindustrial y turística, así como su capacidad de competencia comercial. 2. La articulación y complementariedad interna de las estructuras de producción agropecuarias y agroindustriales. 3. El logro de mejores condiciones de intercambio económico del sector productivo rural en relación con el resto de la economía boliviana. 4. La significación y el respeto de las comunidades indígenas originario campesinas en todas las dimensiones de su vida. 5. El fortalecimiento de la economía de los pequeños productores agropecuarios, y de la economía familiar y comunitaria.
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PAS-AGP_UAES.0001