TESIS DE GRADO
Permanent URI for this collectionhttp://virtual.uap.edu.bo:4000/handle/123456789/1105
Browse
Recent Submissions
Item APLICACIÓN DE LA NORMATIVA FORESTAL EN EL APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS FORESTALES EN LAS COMUNIDADES DE LA TCO YAMINAGUA Y MACHINERI DEL DEPARTAMENTO DE PANDO(2022) FREDDY MARZO VELASCO (TG-DER/ACJYP.0052)El sistema de concesiones forestales en el Estado Plurinacional de Bolivia entró en vigor a partir de la promulgación de la Ley Forestal 1700 en 1996, en reemplazo de los contratos de aprovechamiento forestal. Esta ley estableció los siguientes tipos de derechos forestales: concesiones forestales a empresas madereras, concesiones forestales a Agrupaciones Sociales del Lugar (ASL), Autorizaciones de aprovechamiento en tierras con bosques de propiedad colectiva (TCO), Autorizaciones de aprovechamiento en tierras de propiedad privada, y contratos de aprovechamiento forestal en tierras fiscales (Guzmán y Quevedo,2010). El derecho que tienen los Yaminaguas y Machineris en el aprovechamiento de sus recursos naturales en relación al derecho forestal, constitucionalmente están reconocidos, sin embargo, se desconoce si estos derechos han sido socializados, entre los propios Yaminahuas y Machineris, y si se cumplen o no los planes de manejo realizadas por las empresas privadas asimismo existen denuncias sobre aprovechamiento ilegal de los recursos forestales. El objetivo general de la presente investigación fue determinar la aplicación de la normativa forestal en el aprovechamiento de los recursos forestales en las Tierras Comunitarias de Origen (TCO) Yaminahua y Machineri del departamento de Pando, los objetivos específicos fueron analizar la legislación boliviana y comparada referente a la normativa forestal, realizar un diagnóstico sobre el aprovechamiento de los recursos forestales, en las comunidades en estudio y establecer el nivel de aplicación de la normativa forestal en el aprovechamiento forestal.Item LINEAMIENTOS JURÍDICOS PARA REFORMAR EL ARTÍCULO 280 DEL CÓDIGO PENAL, FRENTE AL ABANDONO DE ADULTOS MAYORES EN COBIJA–PANDO(2022) ALEYZA PAMELA HERRERA CARVAJAL (TG-DER/ACJYP.0051)En Cobija, Pando, el abandono de adultos mayores por parte de sus familiares es una problemática social creciente. El Artículo 280 del Código Penal boliviano, sanciona el abandono de personas incapaces, resulta insuficiente para abordar y penalizar específicamente la complejidad y gravedad del abandono de este grupo vulnerable. La falta de una figura penal clara y la baja penalidad contribuyen a la impunidad y violación de los Derechos Humanos y la dignidad de las personas mayores en la región. El objetivo principal es establecer lineamientos jurídicos que permitan reformar el Artículo 280 del Código Penal boliviano, con el fin de introducir una figura penal específica y agravar las penas para el delito de abandono de adultos mayores en Cobija, Pando. Esto busca garantizar la protección efectiva de su vida digna, salud e integridad física y moral, proponiendo una reforma normativa coherente con la Ley General de las Personas Adultas Mayores (Ley N° 369) y la Constitución Política del Estado. El marco teórico se centra en la vulnerabilidad de la población adulta mayor, los conceptos de maltrato y abandono, y la dogmática penal sobre el delito de omisión de deber. El marco legal fundamental incluye la Constitución Política del Estado (que garantiza la protección de este sector), la Ley N° 369 (que prohíbe y sanciona el abandono), el Código Penal (Artículo 280) y la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, que obligan al Estado a adecuar su normativa. Se concluye que el Artículo 280 del Código Penal es demasiado general y su sanción es leve (reclusión de 1 mes a 2 años), lo que no disuade ni castiga adecuadamente el abandono en Cobija. La reforma es jurídicamente viable y necesaria para reflejar el mandato constitucional y la Ley N° 369. Es imprescindible crear un tipo penal autónomo o un parágrafo que tipifique y agrave el abandono de adultos mayores, asegurando una protección penal reforzada que responda a la realidad social de Pando.Item DETERMINACIÓN DE VACÍOS Y LIMITACIONES DEL MARCO JURÍDICO QUE DEFINE AL CASTAÑO COMO ESPECIE PROTEGIDA EN LA AMAZONÍA BOLIVIANA Y LAS IMPLICANCIAS PARA SU CONSERVACIÓN(2022) RICARDO FLORES CASTRO (TG-DER/ACJYP.0050)El Castaño es la principal especie fuente de RR.NN renovables que nos brinda la Amazonía, su importancia económica, y su producción sostenible, la han constituido en la principal fuente de ingresos económicos para las poblaciones del norte amazónico. A partir de la emisión de la Nueva Constitución Política del Estado (2009), el Castaño está protegido constitucionalmente, como tal es sujeto de derecho y debería gozar de la protección del Estado. El objetivo general del estudio, apuntó a determinar los vacíos y limitaciones del marco jurídico que define al Castaño como especie protegida en la Amazonía boliviana y las implicancias para su conservación. A este efecto, el estudio realizado desde la ciudad de Cobija, planteó llevar adelante una investigación que muestre los alcances que tuvo el Art. 392 de la C.P.E y sus repercusiones, para ello se identificaron normas nacionales, sub-nacionales y sectoriales, relacionados con lo planteado por el Art. 392; se analizaron las carencias y dificultades de la normativa existente y se han explicado los alcances jurídico-legales, ambientales y eco-biológicos que comprometan o promuevan la sobre-explotación y conservación del Castaño. La investigación, ha podido determinar que no existen antecedentes de estudios realizados bajo el enfoque planteado por el presente trabajo y se encontró que después del Artículo 392 de la C.P.E., no se legisló ninguna norma complementaria que coadyuve a alcanzar las metas planteadas por ese artículo constitucional.Item SUSTENTO LEGAL PARA LA ELECCIÓN DIRECTA DE SUB ALCALDES Y CONCEJALES EN LOS MACRO DISTRITOS DE MUNICIPIO DE COBIJA(2022) CARMELO VARGAS GUERRA (TG-DER/ACJYP.0049)La Elección del Alcalde Municipal, dependía directamente del Presidente de la República, lo cual suponía, además, que no se tome en cuenta el funcionamiento del Consejo Municipal, que debía constituirse en el fiscalizador de la gestión Municipal, no obstante, de existir desde el 14 de agosto de 1936 una disposición legal, que establecía un Consejo deliberante, que debía cumplir las funciones que hoy compete al Consejo Municipal. Bajo estas características, y ante el crecimiento urbano de la Ciudad de Cobija, se van definiendo conglomerados humanos, ubicados en grandes áreas geográficas naturales, que exigen al movimiento Cívico-vecinal, enfrentar su problemática , crear organizaciones a nivel regional; por estas consideraciones, se fundan Federaciones de juntas vecinales tanto en el Departamento de Pando y en el Municipio de Cobija y representaciones vecinales por Macro Distritos, con el esencial objetivo de legitimar la participación vecinal. Por estas consideraciones, en el presente trabajo de investigación, trata de caracterizar objetivamente, la conducta de las juntas vecinales del Municipio de Cobija, los diversos momentos históricos que les cupo ser protagonistas de muchos cambios en favor de sus demandas en sus propios distritos, y a partir de aquello un esbozo general que nos permita aclarar el porqué de la demanda de participar con representación de los Subalcaldes y Concejales propios en los Macro Distritos. Para este cometido, fundamentalmente se abordará el problema desde dos puntos de vista: El planteamiento de la Participación, del Control Social por parte de las juntas vecinales de los Macro Distritos. La praxis de la democracia participativa de las juntas vecinales en los Macro Distritos. Es decir, intentare esclarecer la relación existente entre lo que se plantea de manera formal a través de las disposiciones legales en vigencia y lo que efectivamente concretan en la realidad las juntas vecinales en sus Macro Distritos.Item PROPUESTA DE INCORPORACIÓN EN EL CÓDIGO PENAL DE LA PRISIÓN REVISABLE, EN DELITOS DE VIOLACIÓN A NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES(2022) MARGARITA IBAGUARI RACUA (TG-DER/ACJYP.0048)La presente tesis sobre “La Prisión Revisable, en delitos de violación a niñas, niños y adolescentes”, nace motivada para comprender su inclusión en la legislación penal, para comprobar los posibles errores o carencias que se tenga; analizando qué ocurre en los países de nuestro entorno y para establecer en el futuro a presos que se les pueda aplicar la prisión revisable, en esa línea la investigación está compuesta por tres capítulos estructurados de la siguiente manera: un primer capítulo enmarcado en los aspectos más generalistas de la pena privativa de libertad como consecuencia jurídica del delito, dentro de lo que es marco referencial, consecuentemente se desarrolla el marco conceptual y el marco legal que engloba también la legislación comparada; el segundo capítulo realiza un análisis e interpretación de los resultados del diagnóstico obtenido según los instrumentos utilizados y la conclusión de los hallazgos más relevantes de la punibilidad; y el tercer capítulo se enmarca en el modelo teórico y la propuesta sobre La Prisión Revisable, en el tipo penal de violación a niñas, niños y adolescentes, en la cual se desarrolla la propuesta en sí que es el objeto de la presente investigación; que sin lugar a dudas, el proceso de revisión de la pena de prisión es imprescindible para que resulte ajustada conforme al Convenio Europeo de Derechos Humanos, toda vez que se exige que se garantice una expectativa de liberación al condenado, es por ello que resulta sorprendente que el proceso de revisión no adquiera independencia y autonomía en la norma punitiva.Item POLÍTICAS PÚBLICAS Y MECANISMOS JURÍDICOS, PARA ACTIVAR EL ACCESO LABORAL DE LAS PERSONAS CON CAPACIDADES DIFERENTES EN EL MUNICIPIO DE COBIJA(2022) ROMEL TERRAZAS VENTURA (TG-DER/ACJYP.0047)La sinergia entre inclusión social se da en todos los niveles; en lo macro, en un contexto de Estado y en una sociedad, constituyéndose en un buen escenario para el desarrollo de un Sistema Plurinacional Inclusivo. Lo propio sucede en lo local, en lo micro, una comunidad inclusiva genera buenas condiciones para el desarrollo de un centro o unidad educativa inclusiva. El principio de igualdad de oportunidades y no discriminación se encuentra establecido intrínsecamente en el Artículo 14, parágrafo II, de la Constitución Política del Estado “El Estado prohíbe y sanciona toda forma de discriminación fundada en razón de sexo, color, edad, orientación sexual, identidad de género, origen, cultura, ciudadanía, idioma, credo religioso, ideología, filiación política o filosófica, estado civil, condición económica o social, tipo de ocupación, grado de instrucción, discapacidad, embarazo, u otras que tengan por objetivo o resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos de toda persona.…”(C.P.E.P. 2009) En el capitulo I Marco referencial, en el que hace una introduccion y objetivos del tema en cuestión, antecedentes, justificativos y problemática.Item ANÁLISIS JURÍDICO DEL DECRETO SUPREMO Nº 0181, DEL CAPÍTULO III DE ADMINISTRACIÓN ACTIVOS FIJOS MUEBLES, EN CONCORDANCIA, CON LA LEY MARCELO QUIROGA SANTA CRUZ Nº 004, DEL USO INDEBIDO DE BIENES Y SERVICIOS PÚBLICOS, EN EL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE COBIJA, POR PERSONAS AJENAS A LA INSTITUCIÓN(2022) RAMIRO RICHARD CHOQUE CHAMBILLA (TG-DER/ACJYP.0046)La presente Tesis de grado consiste en el análisis jurídico del Decreto Supremo Nº 0181, capítulo III de Administración Activos Fijos Muebles, en concordancia, con la Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz Nº 004, del uso indebido de Bienes y Servicios Públicos del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, por personas ajenas a la Institución; el objetivo es determinar su importancia doctrinaria de Análisis Jurídico del Decreto Supremo Nº 0181, del capítulo III de Administración activos fijos muebles, en concordancia, ley Marcelo Quiroga Santa Cruz Nº 004, del uso indebido de bienes y servicios públicos, Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, por personas ajenas a la institución, con los métodos empleados en la investigación de tipo explorativo, descriptivo del enfoque mixto, corte trasversal, la población del estudio está conformado por 820 servidores públicos y la muestra según el tipo de muestreo probabilístico es de 65 personas encuestas que representa el 100% de la población total, los resultados de datos obtenidos, de las 65 encuestas realizadas a los funcionarios del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, Con qué frecuencia en el Gobierno Municipal de Cobija, los funcionarios Públicos realizan el uso de bienes para beneficio particular o privado, el 74% indican alguna vez y el 26% no vieron el uso de bienes para beneficio particular o privado, en conclusión de las 65 encuestas realizadas a los funcionarios del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, si Conoce algún funcionario público del Gobierno Municipal de Cobija, realiza el uso de un bien del Estado, Vehículo, Motocicleta, para uso particular, fuera horario de trabajo, el 75% indican si realizan el uso de un bien del Estado, Vehículo, Motocicleta, para uso particular, fuera horario de trabajo y el 25% no vieron.Item ANALISIS JURIDICO AL CUMPLIMIENTO DEL ART. 1 DE LA CONSTITUCIÓN POLITICA DEL ESTADO, SOBRE EL DERECHO AL AGUA POTABLE EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE VILLA BUSCH(2020) WALTER ELISEO MAMANI HUACOTO (TG-DER/ACJYP.0045)El presente trabajo de investigación consiste en Análisis Jurídico al Cumplimiento del Art. 16. I., de la Constitución Política del Estado, sobre el derecho al Agua Potable en el Centro Penitenciario de Villa Busch, nace la inquietud de investigar por el constante problema que presenta la población carcelaria y él Sistema Penitenciario, tal como es la provisión de agua potable para consumo humano, la falta de este líquido elemental para la vida, vulnera el derecho al agua, derecho a la vida y derecho a la salud, con todo esto afecta a periodos del Sistema Progresivo y políticas penitenciarios. El acceso al agua potable es una cuestión importante en materia de salud y desarrollo en el ámbito nacional, regional y local. En algunas regiones se ha comprobado que las inversiones en sistemas de abastecimiento de agua y saneamiento pueden ser rentables desde un punto de vista económico, ya que la disminución de los efectos adversos para la salud y la consiguiente reducción de los costos de asistencia sanitaria son superior al costo de las intervenciones. Dicha afirmación es válida para diversos tipos de inversiones, desde las grandes infraestructuras de abastecimiento de agua al tratamiento del agua en los hogares. La experiencia ha demostrado asimismo que las medidas destinadas a mejorar el acceso al agua potable favorecen en particular a los pobres, o personas más necesitadas tanto en las zonas rurales como urbanas, y principalmente a la población carcelaria pueden ser un componente eficaz de las estrategias de mitigación de la infección de enfermedades.Item INCORPORACION DE LA CASTRACION QUIMICA EN EL CODIGO PENAL, EN DELITOS DE VIOLACION COMETIDOS CONTRA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, SIEMPRE QUE SE TRATE DE VIOLADORES REINCIDENTES(2020) IRMA SAIRE ESPINOZA (TG-DER/ACJYP.0043)La presente investigación producto del ascenso del índice de delitos de violación cometidos contra niños, niñas y adolescentes, se plantea como problema de investigación: ¿Cuáles son los fundamentos jurídicos que justifican elaborar un proyecto de ley para la incorporación de la castración química en el Código Penal aplicable a violadores reincidentes y pederastas? Los resultados de toda la investigación se expresan en el siguiente contenido del trabajo académico: Capítulo I: En este capítulo se presenta el planteamiento del problema, realizando la descripción del problema y la formulación del problema, que está orientado esencialmente a determinar los fundamentos jurídicos que justifican elaborar un proyecto de ley para la incorporación de la castración química en el Código Penal aplicable a violadores reincidentes y pederastas Capítulo II: Se realiza el diseño metodológico, donde se presenta el enfoque de la investigación cualitativo, el tipo de investigación será descriptivo y diseño de investigación. Capítulo III: Se presenta el marco legal, marco teórico y finalmente el marco conceptual que permiten comprender todos los elementos teóricos del problema de investigación. Capítulo IV: en este capítulo se presenta los resultados del trabajo de campo y las conclusiones finales de la investigación. Finalmente, en anexos se tiene la propuesta de ley de modificación del Código Penal.Item MODIFICACIÓN DEL ARTICULO 106 DE LA LEY 548, PARA PREVENIR LA VULNERACION DE DERECHOS EN NIÑOS DE LA PENINTECIARIA MODELO VILLA BUSCH(2020) MANUEL SANGALLI CALCINA (TG-DER/ACJYP.0042)El estudio realizó el análisis de las normas nacionales e internacionales vigentes con respecto a los derechos vigentes de los niños, niñas y adolescentes, la declaración de Ginebra 1924, Convenciones 1989 sobre los derechos de los niños, Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), Pacto Internacional de derechos civiles y políticos y las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas Mandela y Bangkok; posteriormente normas nacionales Constitución Política del Estado Plurinacional (2009), Código de niño, niña y adolescentes (2014), el inciso c) del artículo 106 en forma excepcional, la niña o niño que no alcanzó seis (6) años de edad, podrá permanecer con su madre, asimismo; el enfoque de investigación es mixto cualitativo y cuantitativo, tipo de investigación descriptivo, analítico y propositivo, la población y muestra está constituida por 20 abogados libres en ejercicio profesional, 10 madres de familia que se encuentran privadas de su libertad en la Penitenciaria Modelo de Villa Busch y tres jueces: cautelar, ejecución penal y sentencia, la técnica que se aplicó son entrevistas y encuestas, obteniéndose los siguientes resultados: existen vulneración de derechos a los niños que viven con sus madres en centros penitenciarios en alimentación, educación, salud, así mismo, vivir y crecer con su familia de origen, afectando psicológicamente en su desarrollo integral. Se propone modificar el enciso c) del artículo 106 de la Ley N° 548, reduciendo a 3 años de edad para que puedan permanecer los niños con sus madres, a fin de prevenir que se siga vulnerando los derechos de los menores en los centros penitenciarios y garantizar el interés superior de las niñas, niños y adolescentes.Item APOYO EN LA RECUPERACION DE ADEUDOS TRIBUTARIO EJECUTORIADOS EN EL DEPARTAMENTO JURIDICO Y COBRANZAS COACTIVAS DEL SERVICIO DE IMPUESTOS NACIONALES DE LA GERENCIA DISTRITAL PANDO GESTION 2019(2020) LIZ DARA FLORIAN MIYASHIRO (TG-DER/ACJYP.0041)El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) es la principal entidad recaudadora del Estado Plurinacional de Bolivia, contribuyendo al Tesoro General del Estado con aproximadamente el 80% de los ingresos fiscales, pese a que la cultura tributaria en nuestro país no se encuentra profundamente arraigada como en otras culturas, por lo que la generación de cultura tributaria y educación fiscal; la capacitación y facilitación constante al contribuyente; han sido actividades que han merecido especial importancia durante los últimos años, sin embargo estas medidas no son suficientes para obtener resultados en cifras, por lo que los operativos de fiscalización y control (formativos y coercitivos), para verificar el adecuado cumplimiento de las obligaciones impositivas y las acciones de recuperación de deudas; han tenido que intensificarse e institucionalizarse a través de la Unidad de Cobranzas Coactivas de los Departamentos Jurídicos en las diferentes oficinas distritales, logrando la recuperación de adeudos al fisco.Item REGLAMENTO ESPECIFICO DE EDUCACION ESPECIAL INCLUSIVA, PARA ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD VISUAL EN EDUCACION ESCOLAR REGULAR EN EL MUNICIPIO DE COBIJA, CONFORME A LA LEY 070 AVELINO SIÑANI Y ELIZARDO PEREZ Y LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL 01/2019(2020) MIRIAN CARDENAS LOPEZ (TG-DER/ACJYP.0040)El proceso de enseñanza y aprendizaje de las niñas, niños y adolescentes con discapacidad visual en los centros educativos del sistema de educación regular del estado plurinacional de Bolivia, no cuenta con una reglamentación especifica inclusiva que beneficie a este sector dentro de la educación escolar regular en el Municipio de Cobija, conforme a la ley Nº 070 ―Avelino Siñani y Elizardo Pérez‖ y la Resolución Ministerial 01/2019. En la actualidad realizando un análisis crítico se identifica que el sistema educativo se encuentra estudiando estrategias de inclusión educativa con respecto a la población estudiantil con diversa discapacidad, buscando la satisfacción de las necesidades específicas y la adquisición de la igualdad de posibilidades de vida que el resto de la humanidad. Con el fin de garantizar el derecho a la educación de las niñas, niños y adolescentes con discapacidad visual se plantea la elaboración de la presente propuesta de reglamentación especifica de inclusión a la educación escolar regular, para estudiantes con discapacidad visual en unidades educativas del Municipio de Cobija conforme a la ley Nº 070 ―Avelino Siñani y Elizardo Pérez‖ y la Resolución Ministerial 01/2019. Cuya base metodológica responde a un tipo de investigación analítico descriptivo, y se evidencia criterios bibliográficos que sustentan a la investigación. Esta propuesta de reglamentación específica, parte de la idea de precautelar el cumplimiento del derecho constitucional del goce y ejercicio pleno del derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes con discapacidad visual, dentro el sistema de educación regular, a través de adaptaciones curricularesItem ANÁLISIS DESCRIPTIVO DEL RÉGIMEN DE CONFISCACIÓN DIRECTA PREVISTO EN EL ARTÍCULO 226 BIS DEL CÓDIGO PENAL IMPLEMENTADO POR EL ARTÍCULO 20 DE LA LEY 100 DE DESARROLLO Y SEGURIDAD DE LAS FRONTERAS(2019) JULIETA PASTO GUARACHI (TG-DER/ACJYP.0039)El presente trabajo de investigación denominado “Análisis descriptivo del régimen de confiscación directa previsto en el artículo 226 bis del Código Penal implementado por el artículo 20 de la Ley 100 de Desarrollo y Seguridad de las Fronteras” desarrolla un análisis descriptivo de los efectos jurídicos de la confiscación directa establecida en el marco de aplicación del artículo 226 bis del Código de Procedimiento Penal en la persecución de los delitos previstos en la Ley N°100 de Desarrollo y Seguridad de las Fronteras. La investigación desarrollada describe en su real contexto y de forma precisa los efectos jurídicos de la aplicación de la denominada Ley de Desarrollo y Seguridad de las Fronteras, para abarcar de forma directa el contexto real de su aplicación y los efectos que generan su implementación desde su promulgación, en específico se toma como objeto de estudio las consecuencias jurídicas del régimen de confiscación directa previsto e incorporado al Código Penal bajo el nombre de Delitos y Sanciones Vinculados al Comercio de Hidrocarburos y Mercancías Sujetas a Protección Específica entre ellos el delito previsto y sancionado en el artículo 226 bis del Código Penal “Almacenaje, Comercialización y Compra Ilegal de Diésel Oíl, Gasolinas y Gas Licuado de Petróleo”. La tesis refleja el real contexto de aplicación de la norma descrita, determina de forma contundente que existe una afectación real y lesión al derecho de propiedad de terceras personas, que si bien no han sido parte de ningún hecho procesado por los delitos implementados por la Ley 100 de Desarrollo y Seguridad de las Fronteras, son afectados de forma indirecta por la confiscación de sus bienes, con ello se postula y toma fuerza la justificación y necesidad de establecer un régimen de incautación previa, siendo esta línea la base de la propuesta de investigación.Item EFECTOS JURIDICOS DEL CASTIGO CORPORAL DEL NIÑO, NIÑA ADOLESCENTE EN EL DISTRITO JURISDICCIONAL DE COBIJA(2019) MILTON SALAZAR RODAS (TG-DER/ACJYP.0038)La presente investigación de refiere al tema del castigo corporal que se puede definir como "todo castigo en el que se utilice la fuerza física y que tenga por objeto causar cierto grado de dolor o malestar, aunque sea leve. En la mayoría de los casos se trata de pegar a los niños ("manotazos", "bofetadas", "palizas"), con la mano o con algún objeto ‐azote, vara, cinturón, zapato, cuchara de madera, etc. Pero también puede consistir en, por ejemplo, dar puntapiés, zarandear o empujar a los niños, arañarlos, pellizcarlos, morderlos, tirarles del pelo o de las orejas, obligarlos a ponerse en posturas incómodas, producirles quemaduras, obligarlos a ingerir alimento hirviendo u otros productos. (Niño, 2006) La extremada utilización del castigo físico, ha determinado que se creen mecanismos de control, para aquellos que realizan este tipo de acciones en contra de otros que por su grado de indefensión no pueden resistir ante él, refiriéndose exactamente al caso de los niños, niñas y adolescentes víctimas del castigo corporal. El objetivo general que orientó el desarrollo de esta indagación fue la de determinar los efectos jurídicos generados por el castigo corporal en los niños, niñas y adolescentes, en el en el ámbito de la ley 548, en el Distrito Jurisdiccional de Cobija. No basta conocer la normativa vigente en torno al castigo corporal perpetrado en los niños y adolescentes, se tendrá que observar las causas del mismo, evaluar el cumplimiento de las funciones establecidas en la Ley Nº 548 para las instituciones públicas y/o privadas, orientadas a la toma de acciones y medidas que garanticen su ejercicio pleno y efectivo y promover la participación de la familia y la sociedad en cuanto a la denuncia del castigo corporal sufridos por los niños, niñas y adolescentes, en el Distrito Jurisdiccional de Cobija.Item ANÁLISIS JURÍDICO DEL FEMINICIDIO EN LA LEGISLACIÓN COMPARADA DE AMERICA LATINA PERU, BRASIL Y BOLIVIA EN LAS GESTIONES 2017-2018(2019) JUAN CARLOS MAGNE MACHACA (TG-DER/ACJYP.0037)Esta tesis analiza el feminicidio, a partir de la normatividad de algunos países de Latinoamérica. El feminicidio es definido por la teoría feminista como el asesinato de mujeres, cometido por hombres y sustentado en las relaciones de subordinación de género. Este fenómeno merece ser reflexionado en la forma en que es reportado en los diferentes países, porque a través de ello, se pueden identificar elementos para entender las características del contexto de las víctimas y de los victimarios, pero además es posible identificar el texto mediático y el discurso público dominante que permea en la descripción. En este escenario, se analizan las estrategias de los países que conforman el estudio, para describir a las víctimas de feminicidio en los mismos estados. El estudio es realizado a partir del Análisis Crítico de las legislaciones, porque permite enlazar el análisis con los siguientes elementos teóricos: estigma, precariedad, capitales; económico, social, cultural y simbólico, con lo cual se examinan los mecanismos sociopolíticos, y culturales que sustentan la reproducción del poder, los prejuicios y la ideología patriarcal en las diferentes legislaciones.Item ACTUACION DEL MEDICO FORENSE EN LA ETAPA PREPARATORIA EN LOS CASOS DE FEMINICIDIO EN LA CIUDAD DE COBIJA(2019) ROXANA MABEL GUTIERREZ (TG-DER/ACJYP.0036)El trabajo de investigación titulado “ACTUACIÓN DEL MÉDICO FORENSE EN LA ETAPA PREPARATORIA EN LOS CASOS DE FEMINICIDIO, EN LA CIUDAD DE COBIJA”, parte de la formulación del problema: ¿Es efectivo el rol de la investigación forense en la etapa preparatoria en los casos de feminicidio en el municipio de Cobija? Con el estudio se puede conocer, si el actual tratamiento que se le viene dando a los casos de feminicidio presentados en el municipio de Cobija ha sido efectivo o no. Para responder al problema los objetivos que se persiguen en el estudio, son: *Determinar la relación entre los distintos protocolos de investigación en el rol del forense de los casos de feminicidio en la etapa preparatoria. *Análisis de los casos de feminicidio según los protagonistas en la etapa preparatoria (Policía, abogados de ambas partes, fiscal, los forenses). *Proponer normas para el cumplimiento del protocolo, en los casos de femicidio, por cada uno de los involucrados. En el desarrollo de la investigación, se emplearon: Método histórico lógico, Método documental y Método empírico. La muestra está conformada por los casos de feminicidio a partir de la promulgación de la Ley 348 de marzo de 2013 hasta la gestión 2016. En el protocolo de la policía en atención a feminicidio y /o homicidio, no toman en cuenta como parte del equipo al forense, dan prioridad al policía investigador y fiscal. En el protocolo de atención de la IDIF en casos de feminicidio y/o homicidio, están las funciones establecidas del forense, pero solo como auxiliar a requerimiento del fiscal, en lo que debería ser su brazo derecho del fiscal, y acudir al lugar del hecho, no solo a requerimiento, si no como función específica y obligatoria, lo que haría haya veracidad del hecho y sin riesgo de contaminación de las pruebas. Para el cumplimiento de los protocolos a seguir por los involucrados en el proceso, se hace necesario una norma específica, por lo que en la iv presente investigación se formuló la propuesta de un Comité Técnico de Vigilancia, en la que se hace las especificaciones de las actuaciones del médico forense en casos de feminicidio, en la etapa preparatoria al juicio oral. Palabras Clave: Feminicidio, Violencia Contra la Mujer, Investigación ForenseItem INCUMPLIMIENTO NORMATIVO DE POLITICAS PUBLICAS DE INCLUSION LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL MUNICIPIO DE COBIJA, EN EL AÑO 2016 HASTA JUNIO 2017(2017) ISABEL KATERINE MAYNA TORREZ (TG-DER/ACJYP.0035)El estudio “Incumplimiento Normativo de Políticas Públicas de Inclusión Laboral de Personas con Discapacidad en el municipio de Cobija, en el año 2016 hasta junio 2017” es una interpretación de la situación laboral que se encuentra este sector poblacional por la falta de fuentes de trabajo o incentivos para el autoempleo que les permita vivir con dignidad y calidad de vida. En el desarrollo del mismo se ha identificado la existencia de la vulneración de derecho laboral de las personas con discapacidad, padres, madres, tutores, tutoras y conyugues, por el incumplimiento normativo de las políticas públicas de inclusión laboral en el nivel departamental y municipal que ocasiona factores negativos para la contratación, el auto sustento, la inestabilidad laboral y los despidos. En ese entendido, en cumplimiento al objetivo, planteamiento del problema y la idea a defender, se determina que, al identificar la vulneración jurídica laboral, se logra establecer de acuerdo al análisis del resultado; la inexistencia y la no aplicación de políticas públicas en el municipio de Cobija. Sin embargo, se ha identificado a lo largo de este estudio que una de las causas principales para que no se aplique las políticas públicas de inclusión laboral que menciona la Ley N° 223 (2012), tal como lo estable el art. 13 de la norma especial, en la gestión 2016 hasta junio del 2017, radica en la falta de partidas presupuestarias asignadas para este fin, toda vez que se deben asignar recursos a las entidades que velan por la protección de los derechos de las personas con discapacidad en el municipio de Cobija, para que estas puedan generar propuestas o proyectos para la generación de empleo. Otro aspecto negativo que se señala en este estudio radica en que la población de personas con discapacidad del municipio de Cobija, aun no supera su formación académica, técnica o hasta concluir sus estudios secundarios por ciertas limitaciones que presentan estas que no le permita competir o ser incluido en puestos laborales de acuerdo a las exigencias del sector privado.Item PROGRAMA EFECTIVO PARA LA PROTECCION A TESTIGOS EN EL MUNICIPIO DE COBIJA "(2018) IVAN VLADIMIR GONZALES NIETO (TG-DER/ACJYP.0034)El presente trabajo de investigación está referido a la falta de un programa que proteja a los testigos. Hasta la fecha, los distintos ordenamientos jurídicos se han mostrado insensibles al problema de los riesgos que afrontan los testigos y peritos dentro el proceso penal. El advenimiento de reformas estructurales del estado nacional trajeron de la mano nuevas situaciones y nuevas soluciones, contándose en la actualidad con una nueva normativa de protección a testigos Ley 458 de 19 de Diciembre de 2012, que adolece de su operatividad al no contar con un programa adecuado que garantice los derechos del testigo en los procesos penales, se advierte una permanente aspiración de seguridad de los ciudadanos a la protección más perfecta, de modo que tanto las personas como su patrimonio estén cubiertos de cualquier daño posible. El capítulo primero, detalla el Marco Teórico, donde realizamos una investigación bibliográfica-documental de todos los aspectos que refieren al testigo en su tratamiento nacional e internacional, se tratan los antecedentes históricos sobre el estudio del testigo y sus clases, el estudio de la legislación nacional e internacional, para con el testigo. Detallados dentro del Marco Legal, así como las teorías y enfoques filosóficos, sociológicos y teorías políticas. En el Segundo capitulo se realiza se analizan los resultados de la investigación de campo realizada a través de la aplicación de encuestas y entrevistas a los actores directos del proceso, tanto a Abogados, fiscales y jueces.Item IMPLEMENTACION DE LA CASTRACION QUIMICA EN EL ARTICULO 310 DEL CODIGO PENAL BOLIVIANO PARA REDUCIR EL DELITO DE VIOLACION SEXUAL POR PEDOFILOS Y PEDERASTAS(2017) ABRAHAN MIRANDA HUACO (TG-DER/ACJYP.0033)Crecientemente en la sociedad no se han encontrado mecanismos efectivos para disminuir el delito de violación, pese a las modificaciones que ha sufrido el ordenamiento jurídico penal del Estado Plurinacional de Bolivia. La delincuencia ha aumentado hasta llegar a índice alarmantes, por diversas y complejas causas que motivan al violador a cometer hecho ilícito. A pesar de que este delito es castigado con pena de prisión, pena que al parecer no es la más idónea para los violadores, toda vez que la mayoría es tendiente a reincidir. Por ello es preciso establecer mayor severidad en las penas, evitando que estos delincuentes se reincorporen a la sociedad sin antes saber concretamente y con base de estudio médicos, que acrediten que se encuentran aptos para convivir con ella, que se ha cumplido con el objetivo de las penas, la readaptación del delincuente, factor fundamental para disminuir el delito de violación. En conclusión de acuerdo a los objetivos se estableció y determino la importancia de la castración química mediante una figura jurídica y legal, para que se apliquen las penas de una forma más enfocada a salvaguardar a la sociedad y cumplir con el fin de la rehabilitación en cuanto al reo, buscando penas innovadoras y científicas, como lo es aplicación del tratamiento inhibidor de la libido sexual denominada “Castración Química”, la cual coadyuva con el principio de compromiso e interés social del Código, Ley Nro. 2026 “Niño, Nina y Adolecentes.Item VULNERACION DE DERECHOS CONSTITUCIONALES LABORALES DE LOS MAESTROS DEL SISTEMA EDUCATIVO PUBLICO URBANO DE PANDO, ESTIPULADOS EN EL ARTICULO 46 DE LA C.P.E., EN EL PERIODO FEBRERO-OCTUBRE DE LA GESTION 2016(2017) GUILLERMO JESUS TIÑINI ZELADA (TG-DER/ACJYP.0032)El presente trabajo de investigación se enfoca en la vulneración de derechos laborales a la que son sometidos los maestros y maestras del sistema educativo público urbano de Pando. Teniendo como contexto espacial de estudio los Distritos Educativos urbanos de Cobija y Porvenir. Se considera como parte esencial, dentro de la investigación, las disposiciones o instructivos emanadas de autoridades educativas departamentales, distritales, de núcleo y de unidades educativas; documentos que conminan a los docentes, con carácter obligatorio, a realizar trabajos extracurriculares fuera del horario laboral, pese a que la Constitución Política del Estado y normas específicas determinan la libre disposición de ese tiempo en el que los docentes pueden ejercer otras actividades laborales, públicas y privadas. Por lo tanto, a través de un proceso científico, sistemáticamente ordenado se logra demostrar cómo se vulneran los derechos laborales de los maestros y maestras urbanos de Pando; logrando obtener información, sustancialmente importante, que permite identificar los tipos de documentos utilizados por la administración educativa: tales como: Instructivos, circulares, cites y ordenes de servicio, los cuales son emitidos amparándose en intenciones administrativas que no van de acuerdo al espíritu de la Constitución Política del Estado, puesto que la contradicen al obligar al maestro a realizar laborales sin remuneración salarial, cuando el Artículo 46, parágrafo III, expresa que no hay trabajo sin pago justo, eliminando de esta manera todo tipo de vulneración de derechos laborales.
- «
- 1 (current)
- 2
- 3
- »