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Browsing by Author "ALEYZA PAMELA HERRERA CARVAJAL (TG-DER/ACJYP.0051)"

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    LINEAMIENTOS JURÍDICOS PARA REFORMAR EL ARTÍCULO 280 DEL CÓDIGO PENAL, FRENTE AL ABANDONO DE ADULTOS MAYORES EN COBIJA–PANDO
    (2022) ALEYZA PAMELA HERRERA CARVAJAL (TG-DER/ACJYP.0051)
    En Cobija, Pando, el abandono de adultos mayores por parte de sus familiares es una problemática social creciente. El Artículo 280 del Código Penal boliviano, sanciona el abandono de personas incapaces, resulta insuficiente para abordar y penalizar específicamente la complejidad y gravedad del abandono de este grupo vulnerable. La falta de una figura penal clara y la baja penalidad contribuyen a la impunidad y violación de los Derechos Humanos y la dignidad de las personas mayores en la región. El objetivo principal es establecer lineamientos jurídicos que permitan reformar el Artículo 280 del Código Penal boliviano, con el fin de introducir una figura penal específica y agravar las penas para el delito de abandono de adultos mayores en Cobija, Pando. Esto busca garantizar la protección efectiva de su vida digna, salud e integridad física y moral, proponiendo una reforma normativa coherente con la Ley General de las Personas Adultas Mayores (Ley N° 369) y la Constitución Política del Estado. El marco teórico se centra en la vulnerabilidad de la población adulta mayor, los conceptos de maltrato y abandono, y la dogmática penal sobre el delito de omisión de deber. El marco legal fundamental incluye la Constitución Política del Estado (que garantiza la protección de este sector), la Ley N° 369 (que prohíbe y sanciona el abandono), el Código Penal (Artículo 280) y la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, que obligan al Estado a adecuar su normativa. Se concluye que el Artículo 280 del Código Penal es demasiado general y su sanción es leve (reclusión de 1 mes a 2 años), lo que no disuade ni castiga adecuadamente el abandono en Cobija. La reforma es jurídicamente viable y necesaria para reflejar el mandato constitucional y la Ley N° 369. Es imprescindible crear un tipo penal autónomo o un parágrafo que tipifique y agrave el abandono de adultos mayores, asegurando una protección penal reforzada que responda a la realidad social de Pando.
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